Las Congregaciones religiosas femeninas en el XIX. El tema de la obtención de su nuevo estatuto jurídico canónico y su interés historiográfico
Palabras clave:
Congregaciones femeninas, nuevo estatuto,, jurisdicción, cambio social, cambio condición femenina, vida religiosa femenina, constituciones de las congregacionesResumen
Las llamadas “nuevas” congregaciones religiosas femeninas del siglo XIX presentan grandes innovaciones. Desde luego en el ámbito de la vida religiosa fe- menina reglada pero, también, en el de la presencia de la mujer en la sociedad ca- tólica y en el de su autonomía laboral y personal. En este artículo trato de llamar la atención sobre el interés que ofrece para el estudio de estas importantes instituciones un ángulo muy poco atendido por la historiografía. Y es el del complejo y largo proceso que siguieron a lo largo del siglo hasta la obtención y regulación de su nuevo estatuto jurídico canónico por Roma. Permite ver la larga dialéctica mantenida entre las congregaciones y Roma desde los dos polos de la misma. El del aparato eclesiástico, más conocido, actuando desde sus políticas de centralización y uniformización, y mucho menos conocido, el de las mismas sociedades congregacionistas embarcadas en su propia lógica de consolidación y expansión en el contexto de una sociedad en transición. Esa dialéctica tendrá lógicos e importantes efectos en la fijación de aspectos sustanciales de las normas y constituciones de esas congregaciones.
Recibido: 28-10-2009
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Derechos de autor 2009 Istituto di studi storici Gaetano Salvemini, Torino
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